Trámites en línea que ofrece la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá D.C en su página web oficial

A raíz de la pandemia generada por el virus Covid -19 la Secretaría Distrital de Movilidad dispuso el canal en línea con la finalidad de acercar a los ciudadanos a la entidad y para que puedan llevar a cabo los trámites y/o servicios que requirieran sin la necesidad de desplazarse.

Para comenzar, en necesario resaltar la importancia que tienen los trámites virtuales en estos tiempos, en especial en temas de transito y transporte, pues es un hecho notorio que cada día se presentan diversos inconvenientes de este tipo, los cuales en la vida cotidiana no tendrían repercusión alguna que hubiese una cantidad innumerable de personas dentro de una oficina realizando múltiples gestiones. No obstante, en la actualidad es necesario mantener un aforo máximo de personas en los lugares públicos para evitar un contagio masivo del virus Covid-19.

Es claro que no todos los procedimientos se pueden realizar virtualmente, pero si es posible que algunas gestiones se puedan tramitar de esta forma, así, se busca que no le sean vulneradas ningún tipo de garantías a las personas, en punto de radicar una petición, solicitar información o inclusive solicitar la entrega de un vehículo inmovilizado, así que la Secretaría Distrital de Movilidad, buscando alternativas, creó canales en línea para que los ciudadanos sin la necesidad de salir de su casa y exponerse a un posible contagio, puedan tramitar de manera virtual lo que no requiera de mayor formalidad.

En este blog explicaremos algunos de los trámites que los ciudadanos pueden realizar en línea desde la página oficial de Movilidad. Para comenzar, se estableció el ítem “Consulta de comparendos” por medio del cual se puede consultar con los datos solicitados en la página oficial, el listado de pago de comparendos, acuerdos de pago, embargos y prescripciones.

Por otro lado, se dispuso el apartado “Agendamiento orden de entrega de vehículo inmovilizado”, mediante el cual se puede programar de forma virtual la cita para la atención presencial de orden de entrega de vehículo inmovilizado.

Por lo anterior, es necesario que el propietario, infractor o tercero autorizado con poder debidamente autenticado, presente en original los siguientes documentos:  Documento de identidad, licencia de tránsito, licencia de conducción, revisión técnico mecánica y SOAT.

De igual modo, en caso de que el vehículo sea prestador de un servicio público de pasajeros, deberá llevar la tarjeta de operación al día, pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes, autorización superintendencia de puertos y transportes si opera a nivel nacional y la tarjeta de control al día con sellos vigentes, en el caso de que sea un taxi.

Cabe resaltar que las únicas infracciones que se tramitan por esta plataforma para la salida de patios de vehículos inmovilizados, son: B01, C14, D02, H02. Para motocicletas las infracciones son: D03, D04, D05, D06, D07, las mencionadas contravenciones se encuentran en la orden de comparendo. Sin embargo, en caso de que se trate de una infracción diferente, se debe seguir el proceso de salida presencial.

Posterior a ello debe presentarse ante audiencia pública con la autoridad de tránsito y así obtener la autorización de salida del vehículo. Es importante tener en su poder todos los documentos del vehículo y de la persona que cometió la infracción a las normas de tránsito originales, luego de la audiencia, se puede solicitar la liquidación de manera presencial en el módulo señalizado para tal fin en el punto de Movilidad Calle 13 o también se puede hacer la liquidación y pago en los canales definidos por la concesión (PSE, Banco de Occidente, Grupo Éxito y Efecty).

Finalmente, se dispuso el canal de preguntas, quejas, reclamos y sugerencias, por medio del cual se pueden radicar derechos de petición de interés general y particular, quejas, reclamos, sugerencias, denuncia por posibles actos de corrupción, felicitaciones, solicitud de acceso a información, solicitud de copias y consultas, las cuales pueden presentarse de forma telefónica, virtual o presencial y cuyo término para resolver será de conformidad con lo establecido en el Decreto 391 del  28 de marzo de 2020, los cuales oscilan entre 10 a 35 días hábiles, según la petición.

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